Carlos Peña Sánchez / Agente de Helvetia Seguros

Los seguros de Ahorro a largo plazo, como los SIALP (Sistema Individual de Ahorro a Largo Plazo) y los PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático), están diseñados para que las personas puedan acumular, de manera progresiva, una cantidad de dinero determinada para cubrir necesidades en el futuro. De tal forma que, este ahorro puede convertirse en el aliado perfecto para alcanzar sus metas, al servirles de complemento de la jubilación o de apoyo económico para proyectos personales importantes, como la compra de una vivienda o la financiación de los estudios universitarios de sus hijos.

Sin embargo, la vida no siempre transcurre como se espera y puede darse la circunstancia de que el titular de un seguro de Ahorro fallezca antes de que disponga del capital que ha acumulado a lo largo del tiempo. Ante una situación como esa, surge la duda sobre qué ocurriría con ese dinero y quiénes tendrían derecho a reclamarlo.

Si ha designado a los beneficiarios.- En el caso de que el titular del seguro hubiera designado previamente a los beneficiarios de la póliza, estos percibirán por parte de la aseguradora el capital correspondiente al acumulado hasta la fecha de la muerte del asegurado, de acuerdo con las condiciones específicas establecidas en el contrato.

Da igual el momento en el que se haya producido el fallecimiento, si el asegurado sólo llevaba dos meses con el seguro o más de 10 años, siempre y cuando la causa de la muerte no figure entre las excluidas en la póliza.

Y si no ha indicado expresamente a los beneficiarios, ¿qué ocurre con el capital acumulado?.- Aunque no es lo más recomendable, a veces puede suceder que el asegurado no haya nombrado específicamente a nadie como beneficiario del seguro de Ahorro. Aun así, el capital acumulado no se pierde, ya que en este caso, los herederos legales del asegurado son los que tienen el derecho a recibir ese dinero, siguiendo el orden establecido en la legislación vigente y conforme a lo estipulado en la póliza.

Cómo tributa el capital recibido.- El capital percibido por un seguro de Ahorro a largo plazo (SIALPS y PIAS), ya sea por los beneficiarios designados o por los herederos legales, está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, con posibles reducciones según el parentesco con el asegurado, establecido por cada comunidad autónoma. Esto se debe a que ese dinero considera una transmisión patrimonial a consecuencia de su fallecimiento, como si fuera parte de la herencia.

En definitiva, los seguros de Ahorro a largo plazo ofrecen tranquilidad al asegurado, pues constituyen una garantía de protección para su futuro y, en caso de fallecimiento, para sus seres queridos.